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Recapital es un
procedimiento que permite erogarles a los socios de las empresas que obran en
la economía real los capitales necesarios a su desarrollo haciendo presión
sobre su capacidad económica potencial y también para mejorar su rating en base
a las análisis previstas por el nuevo Acuerdo de Basilea (Basilea II) en vigor
desde 2007.
El procedimiento
Recapital prevé dos opciones contextuales: una inversión de la impresa
financiada a las normales condiciones de mercado y una erogación no repetible a
los socios superior al coste efectivo de la inversión realizada por la
empresa.
La inversión de la
impresa debe tener para objeto bienes instrumentales útiles para su actividad y
puede ser financiada por medio de mutuo, préstamo, leasing, alquiler a largo
plazo y otras técnicas de financiación.
La erogación a los socios puede ser a título de pago de bienes personales,
de anticipación sobre promesa de adquisición de títulos o por varios otros
motivos.
Inmediatamente después
del pago de la factura relacionada con los bienes por parte de las empresas o
de la sociedad de leasing o de alquiler, los socios reciben la erogación.
El procedimiento es
falto de cualquier riesgo tanto para la impresa como para los socios y está
caracterizada por la máxima trasparencia y por la absoluta legitimidad.
Con el procedimiento
Recapital se obtienen consistentes ventajas económicas y financieras.
La ventaja económica es
igual a la diferencia entre erogación neta a los socios y el coste efectivo de
la inversión de la impresa.
Puesto que el coste de
la inversión es físicamente deducible, por coste efectivo de la financiación a
la impresa de entiende la diferencia entre precio de adquisición de los bienes
más intereses (o total de los leasing o alquileres) menos el relativo ahorro
fiscal.
Para hacer un ejemplo,
si el coste de la financiación a la impresa fuese igual al coste de los bienes
de 100 más intereses de 15, el coste efectivo sería 115 menos 45 de impostas
ahorradas, por lo tanto 70. Y si la erogación neta a los socios fuese 90, la
ventaja económica sería 20, sin considerar los intereses sobre la misma
erogación.
La ventaja financiera es
tanto inmediata como en total.
La ventaja
financiera inmediata es la misma erogación menos el eventual alquiler
anticipado. En sustancia, según el ejemplo sobre dicho, los socios recibirían
90 mientras que la impresa o no pagaría nada o pagaría 10 o 15 de alquiler de
leasing anticipado.
La ventaja financiera
total es igual a la ventaja económica. De hecho, en total, la impresa debería
pagar 115 menos 45, es decir 70, mientras que los socios recibirían 90.
Por lo que concierne a
Basilea II, la operación incide en la análisis cuantitativa de los datos
económicos-financieros. De hecho, por efecto del procedimiento, aumenta la
capacidad de la empresa de producir recursos y renta, mejorar la relación entre
medios propios y endeudamiento, que representa un aumento del grado de fianza
de los socios hacia la empresa. En definitiva, la operación mejora
sensiblemente el rating de la empresa.
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